¡ALERTA IMSS! El Secreto de tu Pensión: Por Qué Millones de Adultos Mayores NO Cobrarán Aguinaldo en Noviembre

El Factor Crítico que Define tu Pago Doble o Simple: ¿Ley 73 o Ley 97?

 

La proximidad de noviembre de 2025 trae consigo una ola de esperanza económica para millones de pensionados, pero también una fuerte dosis de realidad para otros. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha confirmado una verdad que afecta directamente el bolsillo de los adultos mayores: el aguinaldo no es un derecho universal para todos sus jubilados.

Esta aclaración no es menor. Para muchos, el aguinaldo, equivalente a una mensualidad de la pensión, representa un alivio crucial antes de las celebraciones decembrinas. Sin embargo, el derecho a recibirlo o a quedar excluido depende enteramente de un solo requisito clave: el régimen bajo el cual el trabajador tramitó su jubilación.

En México, el sistema de pensiones del IMSS está dividido por una línea de tiempo: la Ley del Seguro Social de 1973 (Ley 73) y la Ley del Seguro Social de 1997 (Ley 97). Ambas leyes representan mundos financieros distintos y determinan diferencias abismales en las prestaciones y derechos que reciben los beneficiarios.


 

La Exclusividad de la Ley 73: El Depósito Doble Garantizado

 

El mensaje es firme: solo los pensionados bajo la Ley 73 tendrán derecho al aguinaldo 2025.

La Ley 73 es el régimen anterior, basado en un sistema de beneficio definido y de fondo común. En este esquema, la pensión se calculaba principalmente con el salario promedio de los últimos cinco años y las semanas cotizadas. Dado que se sustentaba en un principio de solidaridad y prestaciones garantizadas por el Estado, el aguinaldo se instauró como un derecho ineludible.

  • El Beneficio: El aguinaldo de la Ley 73 equivale a una mensualidad completa de la pensión base del jubilado.
  • La Exclusión del Cálculo: Es importante saber que este monto se calcula sin incluir los complementos por asignaciones familiares o ayudas asistenciales.
  • Fecha de Cobro: Los pensionados Ley 73 verán su aguinaldo depositado en una sola exhibición junto con el pago ordinario de su pensión de noviembre, tradicionalmente el primer día hábil del mes.

Si eres Ley 73, en noviembre recibirás el doble de tu pensión mensual.


 

La Ley 97: La Razón Estructural del “Aguinaldo Cancelado”

 

El panorama es totalmente distinto para los pensionados de la Ley 97. Este régimen, que rige a la mayoría de los trabajadores que comenzaron a cotizar después de julio de 1997, se basa en el sistema de cuentas individuales (Afores).

  • El Financiamiento: Bajo este esquema, la pensión del trabajador no proviene de un fondo solidario, sino de los ahorros que acumuló en su cuenta individual de la Afore a lo largo de su vida laboral.
  • La Ausencia de la Prestación: La pensión de la Ley 97 funciona, en esencia, como una renta o un retiro programado de esos ahorros. Dado que el dinero es propiedad directa del trabajador y no una prestación adicional del Instituto, el esquema no contempla el pago de aguinaldo.

En consecuencia, millones de adultos mayores que se jubilaron con el esquema de las Afores no recibirán un depósito de aguinaldo en noviembre de 2025. Su ingreso se limitará a la pensión mensual que sus ahorros puedan sustentar.


 

Tu Deber: Verifica tu Régimen y Planifica

 

El IMSS recomienda encarecidamente a todos los pensionados verificar su situación para evitar confusiones y planificar sus gastos de fin de año con certeza. Tienes dos formas rápidas de saber a qué grupo perteneces:

  1. Revisa tu Comprobante de Pago: En tu talón o recibo mensual, busca la leyenda que indique si tu pensión está bajo la Ley 73 o la Ley 97.
  2. Consulta el Portal IMSS: Ingresa al portal oficial con tu CURP y Número de Seguridad Social (NSS) para confirmar digitalmente tu régimen.

El Mensaje Clave: La distinción entre un pago doble y un pago simple no es un capricho. Es una consecuencia directa de la Ley que rige tu pensión. Si te corresponde la Ley 73, ¡celebra tu aguinaldo! Si te corresponde la Ley 97, planifica con anticipación, sabiendo que tu pensión mensual es el único ingreso que verás en noviembre, además de tu Pensión Bienestar si eres elegible a ambas.

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Información básica sobre protección de datos Ver más

  • Responsable: El titular del sitio.
  • Finalidad:  Moderar los comentarios.
  • Legitimación:  Por consentimiento del interesado.
  • Destinatarios y encargados de tratamiento:  No se ceden o comunican datos a terceros para prestar este servicio. El Titular ha contratado los servicios de alojamiento web a Hostinger que actúa como encargado de tratamiento.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos.
  • Información Adicional: Puede consultar la información detallada en la Política de Privacidad.

Scroll al inicio
Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos y para fines de afiliación y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos.
Privacidad